Hoy, 19 de noviembre, es el Día Mundial del Retrete. Hoy todavía, en el siglo XXI, muchas personas, aquí, en Euskal Herria, no tienen derecho a utilizar el aseo durante sus jornadas laborales. Ejemplo de ello es el personal del transporte, entre quienes se encuentras las y los conductores de autobús.
Los aseos son la piedra angular de la salud pública y juegan un papel fundamental en la protección del medio ambiente. El saneamiento y el agua potable son derechos humanos y el acceso a estos servicios es fundamental para la salud de las personas y para la integridad del medio ambiente.
Dejar a tantas personas sin un inodoro seguro es un riesgo para las y los trabajadores de este sector y especialmente para las mujeres*, que pagan el precio más alto en salud e inseguridad.
Un baño puede parecer un detalle nimio, pero es fundamental para los trabajadores y las trabajadoras, por el contrario, esta situación, no parece tener ninguna importancia ni para las empresas privadas que prestan el servicio ni para las instituciones públicas, que son las responsables finales de estos. Las empresas privadas y las instituciones responsables no ofrecen inodoros ni servicios de saneamiento dignos para su uso seguro y rápido, lo que vulnera los derechos humanos de las y los trabajadores del transporte, además de los derechos laborales. Hay que tener en cuenta también que, debido al tipo de servicio que prestan, estos trabajadores y trabajadoras no disponen de todo el tiempo para poder hacer uso de aseos, muchas veces lo utilizan durante tiempos muy ajustados y limitados o una vez completado el recorrido correspondiente.
La falta de aseos entraña una serie de riesgos; mantener las ganas de ir al baño supone un gran riesgo para la seguridad de las plantillas y de la ciudadanía que hacen uso del transporte, ya que puede deteriorar la función cognitiva, lo que podría tener consecuencias negativas y de riesgo para el sector. De hecho, debido a estos riesgos, este derecho se recoge en el Real Decreto 486/1997, de 14 de abril, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en los centros de trabajo, en concreto en el ANEXO V, relativo a los servicios de higiene y locales de descanso, donde se especifica que en los centros de trabajo deben existir aseos cercanos a los puestos de trabajo y, cuando los y las trabajadoras no realicen su trabajo en un centro de trabajo físico concreto, cuando su puesto de trabajo no sea fijo, la empresa deberá garantizarles el uso de aseos.
En LAB lo tenemos claro, todos las personas tenemos que tener acceso a inodoros y sistemas de saneamiento adecuados y de buena calidad, por lo que lucharemos para que no se niegue ese derecho a ninguna sola persona trabajadora.