Un juzgado de lo Social de Vitoria-Gasteiz, reconoce una indemnización de 1.116,96 euros a un trabajador de la Sociedad Estatal Correos y Telégrafos S.A. en concepto de indemnización por despido a 20 días por año trabajado. La sentencia es firme y no cabe posibilidad de recurso. La sentencia, en base a la dictada por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y aplicada por el Tribunal Superior de Justicia del País Vasco, afirma “que los contratos por interinidad efectuaron un trabajo semejante al de un trabajador fijo, procede reconocer una indemnización acorde a la que le correspondería a un trabajador fijo”.
Esta sentencia firme es la primera ganada por el Sindicato LAB en Correos de las 94 demandas presentadas en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa sobre los contratos realizados en la entidad que no abonan esa indemnización cuando acaba el contrato, ya sea por interinidad o por eventual por las circunstancias de la producción. La aplicación de la doctrina del Tribunal de Justicia de la Unión Europea en esta sentencia aboga por equiparar las indemnizaciones por despido de los y las trabajadores fijos y temporales o interinos. La precariedad y eventualidad es un mal endémico del mercado laboral actual, y muy especialmente en la contratación que se hace mes a mes en Correos. Unos 850 trabajadores y trabajadoras eventuales trabajan cada mes en Correos en Araba, Bizkaia, Gipuzkoa y Nafarroa.