El Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º1 de Agoitz mediante auto de fecha 5 de agosto de 2022 ha decretado el sobreseimiento de las actuaciones por las que fueron detenidas 6 sindicalistas de LAB. Así, el juez instructor no percibe indicios de delito en las acciones sindicales que reclamaban condiciones laborales dignas para las mujeres trabajadoras y denunciaban el bloqueo existente en la negociación del convenio de limpiezas de Navarra por parte de la patronal.
Operación policial contra el sindicalismo combativo, eficaz, feminista y diferente que representa LAB
Hace más de un año la policía española irrumpía en la actividad sindical ordinaria navarra con la detención de trabajadoras de limpiezas y sindicalistas de LAB. Hoy, a la vista del resultado, aquel espectáculo policial y su dimensión no fue una casualidad. La policía española coordinó las denuncias de los empresarios de la CEN y la empresa ISN. Después, en un claro ejercicio de colaboración y alianza, unió las denuncias de dos acciones independientes para posibilitar una operación policial que cuestionara ante la opinión pública el modelo sindical combativo, eficaz, feminista y diferente del sindicato LAB. Un modelo activo que cada vez cuenta con más apoyo en Navarra, principalmente en los sectores feminizados.
Varapalo judicial: no ha resultado debidamente justificada la existencia de los supuestos delitos que dieron motivo a la formación de la causa, la operación policial y las detenciones
El auto de sobreseimiento del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción N.º1 de Agoitz deja en evidencia la ausencia de delito en las acciones sindicales y el despropósito de las denuncias de los empresarios, así como del proceder policial. De hecho, el instructor entiende que las diligencias ampliatorias de la policía española no añaden nada nuevo, persistiendo las mismas valoraciones en cuanto a la ausencia de posible delito contra la seguridad vial. En lo que concierne a los delitos de coacciones y amenazas, destaca que no existe denuncia del perjudicado. Así, recuerda que el conductor del camión en su declaración testifical negó la existencia de tales hechos. “En consecuencia, ningún indicio de delito puede apreciarse, sin que quepa entender que el anuncio de la reivindicación laboral pueda concebirse como tal coacción”. Finalmente, en cuanto al delito de daños el instructor vuelve a destacar que el conductor del camión manifestó que no se causaron daños al vehículo y, que los daños alegados por la empresa son inconclusos e indefinidos. “Los investigados lo que hicieron fue subirse a su techo sin ánimo de inutilizarlo”.
Dar un paso al frente y protagonizar el nuevo ciclo de lucha
La lucha no es un camino fácil, pero es el único camino. A través de la acción sindical feminista las trabajadoras nos hemos convertido en protagonistas de la historia, hemos adquirido derechos, hemos provocado cambios y hemos conseguido victorias. Es momento de dar un paso adelante y formar parte de este sindicalismo diferente en Navarra.