El sindicato tuvo conocimiento del pliego que pretendía continuar externalizando las tareas de lavandería del Hospital de Santa Marina, por lo que, ante esta nueva apuesta de la dirección por la privatización, interpuso un recurso especial en febrero de 2023 que fue estimado por el Órgano Administrativo de Recursos Contractuales. Ante tal circunstancia, y dejando a las claras la apuesta de la dirección por la privatización, Osakidetza apeló al Tribunal Superior de Justicia del País Vasco. Ahora, el TSJPV ha dado la razón al recurso presentado por LAB e impide que siga contratando a una empresa externa para realizar dichas tareas.
En el convenio colectivo de Osakidetza se puede leer lo siguiente:
Osakidetza asume en la suscripción del presente Acuerdo el compromiso específico sobre la creación por parte del ente público de un servicio propio de Lavandería para Bizkaia, comprometiendo su puesta en marcha durante la vigencia del Acuerdo, para la asunción paulatina de los servicios subcontratados porloscentrosdeOsakidetzasegúnvayanvenciendolosrespectivoscontratos.
El PNV ha sido claro al respecto, incluso en su programa electoral podía leerse como calificaban las tareas de miles de compañeras en Osakidetza como “trabajos complementarios” para justificar que no se estaba privatizando la sanidad porque son esos “trabajos complementarios” los que son objeto de privatización. Sin entrar en la falsedad de dicho argumento, puesto que vemos como las derivaciones aumentan junto con la auto-concertación y otras fórmulas encaminadas a una gestión economicista de la salud, la amenaza implícita que se encierra en dichas afirmaciones afecta directamente a más del 20% de la plantilla.
Frente a esta estrategia de desmantelamiento, que viene sostenida en el tiempo, LAB puso hace dos años en marcha un frente para desbaratar dichos planes. Hasta este momento, los frutos han sido muchos, llegando a paralizar más de 163 millones en externalizaciones.
La relevancia de la sentencia cosechada en el TSJPV es importantísima porque, tal y como admite la propia dirección de Osakidetza en sus alegaciones, supondría la contratación de cientos de puestos de trabajo, correspondientes mayoritariamente a operarios y operarias de servicios. Es evidente que el acuerdo en el que se recogía el compromiso de publificar la lavandería en Bizkaia es de 2007 y que, en 18 años, la dirección ha obviado dicho compromiso repartiendo a diferentes empresas el pastel que supone la gestión de estas tareas de lavandería.
La sentencia lograda por LAB es suficientemente contundente:
- La justificación para acometer la externalización no satisface lo exigido por la ley de contratos del sector publico.
- De aceptarse tal justificación, podría valer para externalizar todos los servicios
- Alegar de manera vacía no disponer de medios humanos y materiales no es suficiente
- Alegar el alto “costo” que conllevaría asumir dichos trabajos tampoco es un argumento válido, puesto que eso se tuvo que valorar cuando se adquirió el compromiso firmado libremente en 2007
- Osakidetza tampoco ha acreditado calendario o planificación alguna para dar cumplimiento a dicho compromiso.
Por todo ello, LAB quiere, una vez más, poner en valor la profesionalidad de nuestros y nuestras compañeras de la categoría de operarios y operarias de servicio, puesto que una vez más la dirección de Osakidetza atribuye a las empresas privadas la especialización necesaria para realizar estas tareas a la vez que se la usurpa a los y las empleadas públicas. Esto es un argumento recurrente en todas las externalizaciones, Osakidetza las justifica alegando la falta de capacitación de la plantilla para encargar trabajos a empresas externas.
Por último, el sindicato solicita a la dirección de Osakidetza que aparque la estrategia de debilitamiento de la sanidad pública y su venta a trozos a las empresas que pretenden parasitar una institución que concentra una preocupación ciudadana sin precedentes. Se debe asumir el fallo del TSJPV y no seguir intentando la huida hacia delante recurriendo ante el tribunal supremo. Asimismo, solicita a la dirección que inicie una calendarización y planificación para dar cumplimiento a los compromisos adquiridos e inicie procesos de publificación inmediatamente.