LAB, CCOO y ELA nos hemos concentrado hoy frente al Parlamento de Navarra para seguir exigiendo a todos los grupos parlamentarios la inclusión en la Ley de Contratos Públicos de cláusulas sociales que garanticen unas condiciones dignas a los y a las trabajadoras subcontratadas.
La subcontratación de servicios públicos ha generado en Navarra una auténtica administración paralela que da empleo a miles de trabajadores y trabajadoras. Esta subcontratación supone en muchos casos un nicho de negocio para las empresas privadas, demasiadas veces a costa de las condiciones de trabajo de las personas empleadas en los mismos.
Entendemos que la administración pública debe velar por la calidad de los servicios que presta, incluidos los servicios subcontratados. Y no hay servicios de calidad si éstos se prestan en condiciones laborales precarias. Para los sindicatos CCOO, ELA y LAB es indiscutible que la responsabilidad última en estos servicios, que se prestan con dinero público, es de la administración.
El proyecto de Ley que se ha remitido al Parlamento por parte del Gobierno de Navarra supone una oportunidad perdida para demostrar un compromiso real con la calidad de los servicios públicos que se prestan vía subcontratación, empezando por la propia calidad de las condiciones de trabajo de los mismos.
Desde CCOO, ELA y LAB no entenderíamos que el cambio social que se propugna no tuviese en cuenta las cuestiones que afectan a los y las trabajadoras navarras.
Algunas de las cláusulas sociales que la Ley de Contratos Públicos de Navarra debería incorporar son:
• Subrogación: obligatoria en todos los contratos de servicios y en los de concesión de servicios.
• Aplicación del convenio sectorial de la actividad a realizar como condición de mínimos
• Aplicación del convenio de centro de trabajo en los casos en que éste exista y mejore el convenio sectorial.
• Establecimiento de una plantilla mínima y un número de jornadas garantizadas que aseguren una prestación de calidad acorde a las cargas de trabajo. Igualmente se garantizarán las sustituciones de las ausencias que se pudiesen producir.
• Criterios de puntuación en los que el precio no sea determinante: ya que prime el precio por encima de todo hace que finalmente empeore la prestación del servicio público, no se cumplan los pliegos y se despida o recorta a trabajadoras condiciones laborales.
• Establecer sanciones a las empresas que incumplan los pliegos, los convenios colectivos o la legislación laboral.
• Participación de los y las trabajadores y sus representantes en la elaboración de los pliegos, en los procesos de adjudicación y en el seguimiento y vigilancia del cumplimiento de los pliegos.
• Incentivar la presencia y utilización del euskera a través de un plan de formación a los trabajadores que estén atendiendo al público.