2024-07-03
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Hemos conseguido flexibilizar las condiciones para acceder al subsidio y a la prestación por desempleo a las trabajadoras del hogar

El Juzgado Social nº 6 de Bilbao ha dado la razón a LAB y ha resuelto que los periodos de cotización anteriores al 1 de octubre de 2022 deben tenerse en cuenta al analizar las condiciones para el subsidio por desempleo de las trabajadoras de más de 52 años. La sentencia corrige lo recogido en el real decreto-ley 16/2022.

Debemos recordar la sentencia del Tribunal Supremo de la Unión Europea del 24 de febrero de 2022, en la que dicta que toda disposición que implique que las trabajadoras del hogar no tengan prestación por desempleo será contraria a la directiva 79/7; es decir, discriminatoria. Así, con el objetivo de corregir esta situación, el Gobierno Español aprobó el real decreto-ley 16/2022, que reguló la mejora de los derechos de las empleadas de hogar, entre ellos la obligación de cotizar a la prestación por desempleo y el derecho a recibirla posteriormente. Esta norma entró en vigor el 1 de octubre de 2022, por lo que los períodos de cotización hasta esa fecha no se tienen en cuenta a la hora de calcular la prestación y el subsidio por desempleo.

En el caso que ahora nos ocupa, lo que se analiza es si el período de cotización de una empleada de hogar anterior al 1 de octubre de 2022 se tendrá en cuenta a la hora de calcular el subsidio por desempleo de las trabajadoras de más de 52 años. En este caso concreto, los períodos de cotización que tenía la trabajadora eran tanto del régimen especial de empleados de hogar como del régimen general y SEPE le denegó el derecho al subsidio.

La trabajadora cumplía todos los requisitos para acceder al subsidio de más de 52 años; justamente, cumplir los requisitos para recibir cualquier pensión contributiva excepto la edad, es decir, 15 años de cotización. El requisito que no cumplía era el de haber cotizado por desempleo durante seis años en su vida laboral, pero, y aquí está la clave, si se tiene en cuenta el período cotizado en el régimen especial de empleados de hogar anterior al 1 de octubre de 2022, cumplía sobradamente el requisito.

Eso ha sido lo que hemos demandado desde el sindicato LAB, argumentando que tanto la sentencia del Tribunal de la Unión Europea como la aplicación de la directiva son correctas y que no hay por qué esperar a un cambio legal para ejecutarlas. Y el Juzgado de lo Social nº 6 de Bilbao nos ha dado la razón, al entender que el Tribunal Europeo consideró discriminatorio que las trabajadoras del hogar no pudieran cotizar por desempleo, por lo que los períodos de cotización anteriores al 1 de octubre de 2022 deben tenerse en cuenta a la hora de valorar las condiciones del subsidio de personas mayores de 52 años. Y entendemos que es plenamente aplicable a la prestación por desempleo.

Esta sentencia es muy importante, y viene a dar la razón a las empleadas del hogar. De acuerdo con esta sentencia, cualquier empleada de hogar, al igual que cualquier otra trabajadora, podrá solicitar la prestación por desempleo o el subsidio correspondiente al período de cotización anterior al 1 de octubre de 2022.

Asimismo, esta sentencia pone de manifiesto una vez más la situación discriminatoria que sufren las trabajadoras del hogar. Esta sentencia viene a corregir el último real decreto-ley 16/2022, que establecía que sólo se tomarían en consideración las cotizaciones a partir del 1 de octubre de 2022.

Necesidad de seguir luchando

Esta sentencia confirma nuestra larga trayectoria en la defensa de los derechos laborales de las trabajadoras del hogar. Hemos estado luchando constantemente, y todavía hoy hay dudas sobre si las empleadas del hogar tienen derechos o no.

La sentencia es muy importante para LAB. La sección sindical de las trabajadoras del hogar de LAB ha reivindicado durante cuatro años los derechos que tienen el colectivo, reclamando su equiparación con el resto de trabajadores y trabajadoras. La lucha de las trabajadoras del hogar es justa y hemos reivindicado que su trabajo sustenta las vidas de Euskal Herria. Por primera vez nos acercamos a un marco legal que la propia reforma del real decreto-ley 16/2022 nos niega.

Las trabajadoras del hogar y de cuidado merecen más que recibir la prestación y el subsidio por desempleo; merecen que se les reconozca de forma real y retroactiva su trabajo y sus cotizaciones. Esta necesidad nos impulsa a estar juntas y a defender la organización colectiva como único instrumento eficaz de lucha. Este sector es una apuesta de nuestro sindicato y seguiremos dando pasos para que se reconozcan todos los derechos.

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