La propuesta llevada a la mesa de negociación por el Departamento de Educación de la CAV provoca incertidumbre sobre temas como la puntuación, la cotización o la manera de cobrar el mes de julio. Mediante las movilizaciones llevadas a cabo en Bilbo, Donostia y Gasteiz, hemos pedido que se negocie el nuevo reglamento del personal sustituto.
El Departamento de Educación abandonó el sistema que se venía utilizando en los últimos años de cara al próximo curso y llevó a la mesa negociadora una propuesta relativa al cobro de verano de los sustitutos y las sustitutas a lo largo del curso, que todos los sindicatos rechazamos y no está en vigor.
Según esta propuesta del Departamento de Educación, para los sustitutos y las sustitutas que vayan a realizar sustituciones a lo largo del curso escolar, la liquidación de las vacaciones se hará al final de cada contrato, por lo que esta nueva fórmula genera una serie de incertidumbres en torno a cuestiones importantes: puntuación y cotización y forma de cobro del mes de julio.
LAB considera que la cuestión del pago de verano debe abordarse en el marco de la negociación de una nueva normativa que debe mejorar las condiciones laborales de los sustitutos y las sustitutas, vinculada al convenio que se pondrá en marcha a partir de octubre, en el marco de la negociación de una nueva normativa de sustitutos y sustitutas. El Departamento de Educación debe garantizar que los trabajadores sustitutos y las trabajadoras sustitutas no sufrirán pérdidas en su poder adquisitivo y que se les reconozcan 165 días trabajados en cuanto a la retribución (incluidos los extraordinarios), puntuación y cotización.
A ello se añade la medida adoptada unilateralmente por el Departamento de Educación hace un año con motivo del cobro de las vacaciones de agosto, por entender que existían situaciones de discriminación. LAB considera que esta medida también hay que trabajarla en la mesa negociadora, ya que a los sindicatos no se les ha presentado de momento un diagnóstico en función de la relación jurídica de los trabajadores y las trabajadoras y de su jornada, ni se les ha hecho saber cuáles son las situaciones de discriminación. LAB quiere conocer en qué se basa el ajuste de las vacaciones de agosto sobre este diagnóstico para poder identificar estas situaciones de discriminación entre los trabajadores y las trabajadoras y buscar soluciones adecuadas para todos y todas. En este sentido, el sindicato considera imprescindible analizar y negociar en un futuro próximo las medidas para los trabajadores y las trabajadoras que trabajan a tiempo parcial por tener que realizar cuidados.
Dicho esto, LAB hace un llamamiento a la defensa y mejora de las condiciones laborales de los sustitutos y las sustitutas y pide que se negocie una nueva normativa para profundizar, entre otras cosas, en los siguientes puntos:
• Realizar el mayor número posible de contratos a lo largo de todo el curso escolar, además de las vacantes, con jornada anual hasta el 31 de agosto, aunque la asignación de estos puestos sea a finales de septiembre o principios de octubre; para sustitutos y sustitutas de titulares en comisión de servicios, para sustitutos y sustitutas de titulares en excedencia, para sustituciones por liberaciones sindicales…
• Reconocer a los trabajadores sustitutos y las trabajadoras sustitutas los 165 días y estudiar y acordar las medidas para quienes no alcancen este número de días, contando proporcionalmente el número de días de verano.
• En relación con lo anterior, estudiar que laa extinciones de contrato en viernes se produzcan los domingos.
• Reformular la Suspension transitoria, al igual que en Osakidetza, reconociendo a este personal con permiso por cuidado en servicio activo. Esta es una situación que genera muchos problemas y discriminación, que no existe en el resto de sectores de los servicios públicos.
• Mantener las bolsas de trabajo existentes hasta el 31 de diciembre de 2024, cuando finalicen todos los procesos excepcionales de estabilización. Y analizar las posibles medidas adicionales de estabilización de funcionarios interinos o docentes sustitutos de un proceso de OPE a otro, es decir, cada tres años, sin vulnerar la normativa de bolsas de trabajo y la antigüedad actual.
• Superar la ley de compatibilidad para funcionarios interinos y funcionarias interinas con jornada reducida y para creadores y creadoras culturales, sin perjuicio económico en el salario.
• Establecer la posibilidad de reducción de jornada voluntaria del personal funcionario interino.